
Preguntas frecuentes
¿Cómo registro mi vivienda?
Debes seguir estos pasos: 1) Verifica que tu vivienda tenga uso residencial y cumpla la normativa urbanística. 2) Date de alta como actividad económica y en el IGIC (modelo 400). 3) Consigue la autorización de la comunidad de propietarios. 4) Presenta la Declaración Responsable de inicio de actividad a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias y abona las tasas. 5) Una vez obtengas la inscripción y número de registro, coloca la placa identificativa en la entrada y registra a los huéspedes en la policía. Desde 2025 también es obligatorio inscribirse en el Registro Único de alquiler turístico (NRA) y contar con seguro de responsabilidad civil.
¿Qué documentos necesito?
Para registrar tu vivienda necesitas: 1) Escritura o título de propiedad y referencia catastral para acreditar que eres propietario. 2) Cédula de habitabilidad o certificado de eficiencia energética que acredite las condiciones de habitabilidad de la vivienda. 3) Declaración Responsable de Inicio de Actividad Turística (DRIAT) firmada. 4) Alta como actividad económica y en el IGIC (modelo 400). 5) Autorización de la comunidad de propietarios cuando los estatutos lo requieran. 6) Seguro de responsabilidad civil. 7) Justificante del pago de las tasas. Presenta todos estos documentos en la sede electrónica del Gobierno de Canarias para obtener tu número de registro.
¿Cuánto tiempo demora el registro?
La inscripción mediante la Declaración Responsable es instantánea: puedes iniciar la actividad una vez presentada la solicitud y pagadas las tasas. El número de registro y la resolución suelen emitirse en un plazo de 15 a 30 días hábiles, dependiendo de la carga de trabajo de la administración y de que toda la documentación esté completa.
¿Qué normas debo cumplir?
Debes cumplir con la normativa vigente del Gobierno de Canarias y del cabildo local. Eso incluye: 1) Equipar tu vivienda con extintor, botiquín, señalética de emergencia y hojas de reclamaciones. 2) Garantizar la limpieza e higiene, ventilación, ropa de cama y accesorios en buen estado. 3) Cumplir con la capacidad máxima autorizada y respetar la convivencia con los vecinos (evitar ruidos nocturnos). 4) Exhibir el número de registro y los precios finales con impuestos. 5) Contar con seguro de responsabilidad civil. 6) Comunicar a las autoridades la entrada de viajeros en menos de 24 horas. Además, vigilar los cambios legislativos: en 2025 podría exigirse un mínimo de 10 años de antigüedad de la vivienda y criterios de sostenibilidad.
¿Puedo gestionar el marketing yo mismo?Puedes promocionar la vivienda tú mismo a través de plataformas como Airbnb, Booking o Vrbo, creando anuncios atractivos, respondiendo rápidamente a los mensajes y ajustando los precios según la estación. También conviene invertir en fotografía profesional, redes sociales y automatizar calendarios. Sin embargo, el marketing y la gestión de reservas requieren tiempo, experiencia y conocimiento de las normativas de cada portal. Por eso muchos propietarios nos confían la gestión integral: en FWT Real Estate somos especialistas en viviendas vacacionales en Tenerife, optimizamos la ocupación y los ingresos, y cuidamos del inmueble como si fuera nuestro. Contacta con nosotros para que nos encarguemos de todo.
Sí, pero aconsejamos asesoría profesional para mejores resultados.
¿Cómo manejo la fiscalidad de la vivienda vacacional?
La vivienda vacacional genera rendimientos de actividades económicas que deben declararse. Debes presentar el IRPF o el impuesto sobre sociedades si eres empresa y repercutir el IGIC del 7 % en cada alquiler (inscribiéndote previamente mediante el modelo 400). También es recomendable llevar un registro de ingresos y gastos deducibles (mantenimiento, limpieza, suministros) y presentar autoliquidaciones trimestrales y anuales. La fiscalidad puede variar según el tiempo de uso personal de la vivienda, por lo que conviene asesorarse bien o dejarse ayudar por una gestória especializada en viviendas vacacionales.
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